Profesor titular de Derecho Romano en la Universidad Complutense de Madrid
-...Y entonces, en defensa propia, hice lo que un hombre debe hacer en estos casos extremos: alquilé mi piso de la planta baja a un fabricante de queso.
El pueblo arremolinado en el foro apenas llegó a oír esta última declaración del anciano: el volumen de las carcajadas había ido aumentando con cada una de las alegaciones de las partes, y pocos ya lograban mantenerse en pie o mirar al estrado a través de las lágrimas.
En medio del jolgorio, el Pretor suspiraba pensando que en los meses que llevaba en el cargo ya había visto de todo. Pero estaba claro que no.
–A ver si me aclaro, venerable Ticio: alquilaste tu casa a un comerciante de queso como venganza contra tu vecino del tercero, que había alquilado el suyo a un tintorero.
–No en venganza, oh Pretor: ¡EN JUSTICIA!– clamó el anciano mirando de reojo a su vecino, un ciudadano de su misma edad y con la misma cara de malas pulgas.
Escena de "A Funny Thing Happened on the Way to the Forum" (Richard Lester, 1966) |
–¡Pero sólo si no tengo que hablarle a éste!– decía Ticio.
–¡Llevo años sin dirigirle la palabra, no lo voy a hacer ahora!– advertía Cayo.
–De acuerdo, de acuerdo –mediaba el Pretor, cansado– Recapitulemos: la cosa empezó al parecer hace unos años, cuando el vecino del tercero de la insula sita junto a la Porta Capena, el aquí presente Cayo, se quejó de los olores generados por la cocina del aquí presente Ticio, que ascendían desde el piso bajo hasta el tercer piso.
–Así es, oh Pretor– corroboró Cayo, mirando con rencor a Ticio.
–Cayo acudió al Pretor que estaba en el cargo ese año y éste le hizo desistir de ir a juicio, pues le explicó que en un edificio de vecinos era normal tolerar cierto nivel de molestias leves derivadas de la convivencia, ¿me equivoco?
–No, mi Pretor– asintió Cayo, esta vez obviando la mirada de sorna de Ticio.
–Sin embargo, al poco tiempo Ticio acudió a su vez al mismo Pretor quejándose de que Cayo había decidido llenar sus ventanas de flores y que, al regarlas, el agua sobrante le mojaba la entrada de la puerta, ¿correcto?
–¡Así fue, oh Pretor!– confirmó Ticio, enfadado al recordarlo.
– Pero de nuevo el mismo Pretor respondió que no te aconsejaba demandar, puesto que otra vez no se trataba más que de pequeños problemas de relaciones de vecindad comunes e inocuos, ¿cierto?
Un gruñido de Ticio fue toda la respuesta que obtuvo esta vez el Pretor.
– Y por el resto de lo que habéis relatado...– el Pretor hizo una pausa para mirarles, muy serio– ...deduzco que, como mi predecesor os dijo a los dos que era obligación de un buen pater familias tolerar ciertas molestias derivadas de la convivencia vecinal, os retirasteis la palabra y decidisteis lanzaros los dos a una espiral de actividades sin sentido con el único objeto de disfrutar de la situación de impunidad a costa del otro... ¿o me equivoco?
Los dos ancianos miraban ahora al suelo, aguantando el chaparrón del Pretor y el renovado cachondeo en el público, pero tercos como mulas.
– ¿De verdad queréis que repita en público la lista de cosas que habéis perpetrado a lo largo de estos años? Pues nada ¡vamos a ello! Enumero: Uno, Ticio decide instalar una cocina exterior y celebrar barbacoas con sus amigos todas las noches, asegurándose de que el humo llega bien arriba...
(–¡Así se hace!– gritaba alguien con buen humor entre el público).
–Dos: Cayo instala un tendedero con unas cuerdas en su ventana, dejando chorrear las sábanas mojadas sobre la casa de Ticio...
(–¡Oe, oe, oe!–, animaban alegremente varios).
– Tres: Ticio invita a un adivino a que estudie las entrañas de los peces para que le lea el futuro, y luego las queme en la puerta de su casa para analizar la humareda sagrada...
(–¡Campeón! ¡Máquina!)
- Cuatro: Cayo toma la costumbre de vaciar los orinales de todos los miembros de su familia, justo desde la ventana que da encima de la casa de Ticio...
(–¡Sutil! ¡Elegante! ¡Con clase!)
–Cinco: Ticio cede su piso bajo como almacén del pescado que llega del puerto de Ostia a Roma, durante los meses de más calor...
(–¡Maestro!)
–Seis: Cayo alquila su piso a un tintorero, quien, como es lógico, cuelga al sol en la ventana las ropas tintadas, que chorrean agua, tinte y el orín usado para lavarlas sobre la acera... en la puerta de la casa de Ticio.
(–¡Grande! ¡Héroe!)
– ...Y siete: Ticio alquila su planta baja a una fábrica de queso galo... “en defensa propia”.
Insula de la ciudad de Ostia (Italia) Fuente: Wikimedia Commons |
(Aplausos del público, encantado con la sesión de esa mañana).
–Pues bien, antes de que paséis a la fase del juicio en sí, sólo tengo que haceros una preguntita. –el Pretor sonrió, malévolo, sin poderse resistir– ¿Cuántos años hace que lleváis haciéndoos perrerías sin dirigiros la palabra?
–¡Once ya, Pretor! –contestaron casi al unísono, sin mirarse, orgullosos.
–Pues me temo que –dijo el Pretor, recostándose con satisfacción– el Derecho de nuestros padres establece que el que realiza una actividad sobre una propiedad ajena, pasado un cierto plazo sin que el propietario proteste, acaba adquiriendo el derecho a seguir realizando dicha actividad... para siempre.
Los ancianos abrieron la boca asombrados; el público estaba deleitado porque parecía que esa divertidísima mañana iba a tener además un final apoteósico.
–Así que ya sabéis: por no haberos hablado ni quejado en más de diez años, ambos dos habéis adquirido el derecho respectivo de atufar al uno y empapar al otro. Y la única manera que tenéis de convencer al juez de que el otro no tiene derecho, es confesar (y demostrar) –el Pretor sonrió, ufano– que le habéis dirigido la palabra al menos una vez en estos años.
Y PARA SABER MÁS:
Esta historia está basada en un texto del jurista Ulpiano (Dig.8.5.8.5), donde se discute precisamente el problema del vertido de aguas y los olores de una fábrica de queso en la ciudad italiana de Minturno (aunque todo sea dicho: el olor a queso ahumado le parecía delicioso a Marcial: 11,52,10. El poeta tiene incluso un epigrama, 13,32, dedicado a un "caesus fumosus").
La cuestión era que ya en la antigua Ley de las XII Tablas (s.V a.C.) se establecía la posibilidad de legitimar una actividad no legítima de un propietario sobre las tierras de su vecino, si éste no se oponía durante un plazo determinado. A esta tradición jurídica romana se la llamó “usu-capión”, que viene de “adquirir” (capere) un derecho mediante la mera práctica (usus) del mismo.
Dicha institución jurídica se mantuvo durante toda la historia de Roma, estableciéndose los plazos de diez años (si los propietarios afectados vivían en la misma ciudad) o de veinte (si vivían en ciudades distintas).
Pues bien: nuestro Código Civil vigente mantiene aún hoy en el art. 1957 la institución romana de la usucapión, con los mismos plazos que en la época Imperial romana.
Así que mucho cuidado y a llevarse exquisitamente con los vecinos.
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